Bases y Condiciones

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1. Sobre el Premio de Mujeres Solidarias

El Premio Mujeres Solidarias (en adelante “el Premio”) es una iniciativa de la Fundación Avon para la Mujer (en adelante “el Patrocinador”) sujeta a estas bases y condiciones (en adelante, ‘‘Bases y Condiciones’’). Sus principales objetivos son:
• Reconocer a mujeres que lideran proyectos de desarrollo y actúan como agentes de cambio en sus comunidades dentro de la República Argentina.
• Favorecer la visibilidad y la articulación de las prácticas solidarias entre las organizaciones con fines sociales, el sector público, privado y los medios de comunicación.
• Destinar una donación en dinero para un proyecto social que genere cambios positivos en la sociedad.

2. Condiciones y requisitos legales de participación

2.1. Pueden participar en el Premio únicamente mujeres mayores de 18 años, residentes en la República Argentina, que lideren proyectos sociales respaldados por una organización de la sociedad civil (cualquiera sea la forma jurídica adoptada), cooperativa (cualquiera sea su tipo), escuelas y centros de formación profesional de gestión pública o privada de Argentina (en adelante, “la/s Postulante/s” y “la Organización o las Organizaciones” respectivamente, ambas referidas conjuntamente como “las Participantes”).
2.2. No podrán postularse las mujeres que hayan obtenido el Premio Mujeres Solidarias en ediciones anteriores.
2.3. Las Postulantes no podrán ser empleadas de Cosméticos Avon S.A.C.I., de la Fundación Avon, ni de Proveedores cuyo Personal preste servicios en las mismas instalaciones de Cosméticos Avon S.A.C.I., de la Fundación Avon. Asimismo, las Postulantes no podrán ser familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, ambos inclusive, de algún empleado de Cosméticos Avon S.A.C.I., de la Fundación Avon, ni de proveedores cuyo Personal preste servicios en las mismas instalaciones de alguna de ellas.
2.4 Las Postulantes deberán presentar un proyecto que estará relacionado con uno o varios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante, ‘‘ODS’’). Todos los proyectos sociales colaboran para alcanzar alguno de los ODS y construir una sociedad más justa.

Para mayor información acerca de los ODS, consultar el siguiente enlace:http://www.ar.undp.org/content/argentina/es/home/post-2015/sdg-overview.html

3. Documentación a presentar para la postulación

Las postulaciones deberán hacerse online en www.fundacionavon.org.ar a partir del 10 de abril de 2016, e incluir la información completa que se detalla a continuación:
A) Formulario de Inscripción, debidamente completado, con información personal de la Postulante, de la Organización que respalda la postulación y del Proyecto (Anexo I);
B) Curriculum Vitae abreviado del equipo de trabajo involucrado en la implementación del Proyecto;
C) Declaración jurada, debidamente completada y firmada por la Postulante que lleve adelante el Proyecto (Anexo II);
D) Declaración jurada, debidamente completada y firmada por dos responsables de la organización que respalde el Proyecto (Anexo III): representante legal, apoderado/a u otra autoridad.
Únicamente las postulaciones finalistas serán notificadas en el mes de octubre, y deberán enviar la siguiente documentación:
E) Instrumentos constitutivos de la Organización que respalde el Proyecto (según corresponda al tipo de Organización. Por ejemplo, estatuto, contrato social, etc.) y acta de designación de autoridades o poder. Únicamente las postulaciones finalistas serán notificadas en el mes de octubre, y deberán enviar la siguiente documentación:
-Acta Constitutiva.
-Estatuto Reglamentario.
-Acta de designación de autoridades vigentes.
-Acta o poder otorgado de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la Organización, en la que se resuelva solicitar la contribución y se autoriza al Presidente, representante legal, o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos y a la percepción de la contribución en la o las cuentas indicadas.
-Memoria y Balance del último ejercicio contable.
-Constancia de Inscripción en AFIP.
-Certificado bancario de CBU de la cuenta de la organización.
Serán descartadas las postulaciones que no contengan la información y/o documentación requerida, en las condiciones antes establecidas.
En caso de que la Postulante resulte preseleccionada, el Patrocinador podrá solicitarle referencias y documentación de apoyo (Ejemplo: fotos y/ o videos, notas periodísticas, resoluciones, publicaciones, premios obtenidos, entre otros documentos).

4. Fecha de cierre:

Las postulaciones podrán presentarse hasta el lunes 21 de junio de 2016 inclusive.

5. Jurado

Un jurado de reconocida trayectoria e idoneidad, seleccionará hasta 3 (tres) ganadoras del premio basándose en la revisión de la postulación y en los hechos que demuestren:
 El compromiso, la ética y responsabilidad de la postulante en la realización de acciones concretas para contribuir a mejorar la sociedad, avalado por su trayectoria;
 Un plan consistente y realista para invertir la donación en dinero del Premio Mujeres Solidarias, ya sea en un proyecto nuevo o en curso, destinado a mejorar la sociedad en el marco de los ODS, explicando la forma en que lo hará;
 El impacto, posibilidad de replicación y sustentabilidad que tenga la iniciativa propuesta para colaborar con alguna de las metas propuestas en los ODS.
Los fallos del jurado serán inapelables. El jurado tendrá la facultad de declarar el Premio desierto si no hubiera, a su criterio, Postulaciones que se adapten a estos requerimientos. Asimismo podrá otorgar menciones a su consideración.

6. Premios

6.1. Las 3 (tres) ganadoras obtendrán la estatuilla “Mujeres Solidarias”. Las Organizaciones que hayan respaldado a las ganadoras recibirán la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil) destinados exclusivamente a sustentar en parte o en su totalidad al Proyecto presentado por la ganadora y avalado por la organización. En ningún caso, las ganadoras podrán recibir la donación en dinero a título individual.
6.2. El Patrocinador notificará a las finalistas del Premio Mujeres Solidarias durante el mes de octubre de 2016 (telefónicamente, por correo postal y/o mediante correo electrónico). Los resultados serán publicados en la página web del Patrocinador posteriormente al evento de premiación.
6.3. Los premios serán entregados en un acto público en el mes de noviembre de 2016, en fecha, horario y lugar a confirmar. La asistencia de las ganadoras al evento es obligatoria y condición necesaria para la asignación del premio, el cual incluye tanto la estatuilla ‘‘Mujeres Solidarias’’ como la donación en dinero que recibirá la Organización para el Proyecto. En caso de ser necesario, el Patrocinador cubrirá los gastos de traslados y alojamiento de las ganadoras. El tipo de transporte y hospedaje quedan a criterio exclusivo del Patrocinador. El Patrocinador no se hará cargo de otros servicios o gastos en los que incurran las ganadoras (sin que la presente constituya una enunciación taxativa, consumiciones en el hotel, lavandería, llamadas telefónicas, bebidas, gasto por exceso de equipaje, etc.). Las ganadoras quedarán sujetas a las disposiciones de las compañías de transporte en todo lo referido a las condiciones y requisitos del viaje. El Patrocinador no asume responsabilidad alguna por la pérdida y/o sustracción (hurto o robo) y/o daño del equipaje y/o a su integridad física que pudieran sufrir las ganadoras con motivo del viaje.
6.4. En caso de que alguna de las ganadoras no pudiera asistir al acto de entrega de premios por cualquier causa o razón ajena al Patrocinador, el jurado tendrá la facultad de seleccionar otra Postulante.
6.5. Las Organizaciones receptoras de la donación en dinero serán responsables del pago de todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales aplicables, así como de cualquier otro costo o gasto asociado con motivo o en ocasión a la utilización del premio.
6.6. Las Organizaciones receptoras de la donación en dinero deberán presentar la rendición de gastos e informe de resultados en un lapso no mayor a 1 (un) año, a partir de la fecha de la obtención del mismo. En caso de que las Organizaciones receptoras del donación en dinero no lo utilicen para la implementación del Proyecto o no realicen la rendición de gastos en el plazo indicado, deberán devolver al Patrocinador la donación en dinero y serán responsables por todos los daños o perjuicios que pudieran ocasionarle en relación con estas conductas.
6.7. Las Organizaciones receptoras de la donación en dinero deberán guardar toda la documentación respaldatoria de los gastos e informes de resultado por un plazo mínimo de 3 (tres) años desde la fecha de la obtención del mismo. Durante este período, el Patrocinador tiene derecho a realizar auditorías con el fin de corroborar la correcta utilización del dinero otorgado como premio.

7. Misceláneas

7.1. Las personas interesadas en participar podrán solicitar orientación y asesoramiento gratuito para cumplir con estas Bases y Condiciones, por e-mail escribiendo a fundacionavon@avon.com o telefónicamente llamando al 0810 777 3863 (costo de llamada local) o 11 4746 8523. Asimismo, podrán consultar la “Guía para la Formulación de Proyectos” visitando www.fundacionavon.org.ar
7.2. Las ganadoras, por su sola participación, autorizan expresamente al Patrocinador a difundir sus Proyectos, nombres, datos personales, foto personal, marcas, logos, imágenes, sitios web y redes sociales por los medios y en la forma que el Patrocinador considere conveniente, con fines publicitarios y/o promocionales, sin derecho a compensación alguna, durante la iniciativa y hasta transcurrido un período de 36 (treinta y seis) meses desde la obtención del premio.
7.3. La participación es libre y gratuita e implica la aceptación y cumplimiento total de estas Bases y Condiciones. Todo caso no previsto será resuelto por el Patrocinador.
7.4. Cuando circunstancias no previstas así lo justifiquen, el Patrocinador podrá cancelar, suspender o modificar los términos del Premio. El Patrocinador comunicará estas circunstancias al público en general por los mismos medios por los que se dieron a conocer estas Bases y Condiciones.
7.5. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Premio, las participantes y ganadoras y el Patrocinador se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios en lo Civil con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
7.6. La Fundación Avon para la Mujer es una organización que obtuvo personería jurídica mediante resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) N° 224, N° de CUIT 30-70383535-6, con domicilio en Martín Rodríguez 4013, Victoria, Provincia de Buenos Aires, Argentina. Teléfono: 0810 777 3863 (costo de llamada local).

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